1. Teoría del skopos

A finales de la década de 1980 se presenta un cambio de paradigma a partir del trabajo de Vermeer y Reiss (1984) que lleva a cuestionarse la idea de equivalencia de la traducción: ¿por qué el texto traducido debe ser equivalente al texto fuente? Esta nueva perspectiva teórica trasladó el enfoque de la equivalencia hacia una noción de fidelidad, también conocida como skopos.

La teoría del skopos (del griego σκοπός ─propósito─) o de la finalidad propone, como su nombre lo indica, que toda acción viene determinada por su finalidad; esto significa que la traducción, al ser una acción, obedece a las razones por las cuales se ha encargado realizarla. Es así como las decisiones del traductor se guían por los criterios de equivalencia, siempre y cuando esta se determine en la finalidad de la traducción o encargo de traducción. De esta forma, diferentes tipos de traducción pueden obedecer a reglas específicas del ámbito; por ejemplo, en los contextos especializados, un contrato puede adaptarse a las normas de la cultura jurídica meta o puede serle fiel a la forma de las normas de la cultura fuente, según si se realiza con una finalidad operativa o informativa.

La teoría del skopos propone una serie de reglas, en orden de importancia, que deben cumplirse para asegurar una traducción equivalente o fiel:

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La acción traductora está determinada por el skopos, es decir, por el principio de que el fin justifica los medios. Esta es una regla general que determina las estrategias de traducción y los métodos que se deben utilizar según el propósito y la función del texto meta.

El texto meta debe ser coherente con la situación cultural de su receptor, es decir, este debe entenderlo bajo sus circunstancias y con su conocimiento. Aquí, el texto fuente no es necesariamente quien dictamina la coherencia, solo ofrece información al traductor con el fin de que este considere lo que es significativo para el receptor.

La traducción debe tener una coherencia intertextual o fidelidad entre el texto fuente y la versión traducida, sin embargo, ambos están dominados por la regla del skopos. Si la finalidad de la traducción requiere un cambio de función, la fidelidad al texto fuente se verá desplazada para darle una mayor importancia a la idoneidad o adecuación.

Así, el traductor debe asegurar primero que el texto meta cumpla su propósito, luego procurar que sea coherente en sí mismo y, finalmente, que sea coherente con el texto fuente. Este análisis descendente causó controversia, pues abrió la puerta a una situación en la que todo es posible, siempre que el texto meta cumpla su función. En la práctica, la aplicación de las reglas dependería del área en la que se comisione la traducción. Zhang (2016) ejemplifica esta aplicación en el área de la traducción de negocios, donde la satisfacción del cliente es clave, así:

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Dentro de esta perspectiva, Christiane Nord (1991) recalca que, si bien la funcionalidad debe ser el criterio más importante para determinar las decisiones traductivas, esta no debe permitir una licencia absoluta en la toma de dichas decisiones, ya que debe haber una relación entre texto fuente y texto meta, la cual determina el skopos. Además, el propósito del texto meta debe ser compatible con las intenciones del autor del texto fuente, aunque no siempre estén explícitas dichas intenciones. La teoría del skopos permite que un mismo texto tenga varias versiones, según el propósito para el cual se solicite su traducción, y posibilita adaptarse según el contexto en que esta se realice. Por ejemplo, si en una traducción literaria una referencia a un testamento tiene una ambigüedad, el traductor tiene dos opciones: lo especifica con un comentario al pie o busca una ambigüedad equivalente y apropiada en la cultura meta.


Según Vermeer (1989), para que la acción traductiva sea apropiada en cada caso, el skopos debe explicitar dos aspectos: (1) un encargo, es decir, un objetivo y las condiciones bajo las cuales se debe alcanzar este, lo que incluye la fecha límite de entrega y el costo. Dicha información es la que negocian quien comisiona y el traductor. Este último, al ser el experto, puede estimar si la comisión es posible bajo los términos propuestos; (2) una idoneidad, es decir, una medida de la acción traductiva, o la relación entre el texto meta y el texto fuente bajo el marco de un skopos. De esta forma, la equivalencia se reduce a una fidelidad funcional entre texto fuente y meta.

Profundicemos

La teoría del skopos tiene una relación cercana con las teorías funcionalistas. Te invito a que busques en la web y leas el siguiente artículo:

García, A. M. (2006). Confusiones, aclaraciones y propuesta metodológica para el análisis de los conceptos funcionalistas de "función" y "skopos" en la práctica de la traducción. Sendebar, 17, pp. 187-218.